Todos hemos recibido la noticia de que el Tribunal Constitucional anula por completo el IIVTNU (Impuesto sobre Plusvalía Municipal) al considerarse inconstitucional el cálculo del impuesto ya que el sistema de cómputo objetivo no se corresponde con la realidad.
Esto quiere decir que desde este momento, ningún Ayuntamiento puede recaudar este impuesto.
En principio es a partir de ahora y no tiene carácter retroactivo.
Tendremos que esperar a la publicación de la sentencia íntegra.
Os mantendremos informados.