Cómo hacerse autónomo

Cómo hacerse autónomo

En Iberanfico te explicamos cómo hacerse autónomo.

El alta en autónomos en España puede hacerse totalmente de forma telemática. Con la obtención del certificado personal del interesado-firma digital-, o presencial, acudiendo primero a la oficina de la agencia tributaria con cita previa y posteriormente a la oficina de la TGSS para acabar de presentar la documentación correspondiente. En Iberanfico te podemos ayudar a solicitar tu certificado digital si aún no dispones de él y, es muy recomendable que toda persona que vaya a realizar su actividad por cuenta propia disponga de uno, ya que las comunicaciones con las diferentes administraciones se harán de forma telemática y, posteriormente, realizar todos los trámites necesarios para que en menos de 48 horas estés dado de alta sin complicaciones.

Pasos para hacerse autónomo

Debes comunicar el alta en el IAE en cada uno de los epígrafes de la actividad que vayas a realizar y en el INSS el mismo día en el que empieces a trabajar por cuenta propia o hasta 60 días antes.

Trámites para hacerse autónomo

  • Alta en los IAE que corresponda con fecha de inicio de actividad
  • Alta en el INSS-RETA referida al día de inicio de actividad

Requisitos para hacerse autónomo España

  • Disponer de DNI en vigor.
  • Disponer de numero de afiliación a la Seguridad Social.
  • Realizar el alta en Hacienda, mediante el modelo 037, que es el modelo simplificado censal, en el IAE de todas las actividades.
  • Realizar el alta en la seguridad social en el RETA, con domiciliación de las cuotas de autónomos.

Documentos para hacerse autónomo

  • Tu Número de Seguridad Social (NUSS) o de Número de Afiliación (NAF).
  • Tu documento de identidad (DNI o NIE).
  • La fecha de inicio de la actividad.
  • La estimación de tus rendimientos netos mensuales.
  • Los datos del domicilio de la actividad profesional.
  • Tus datos de contacto (teléfono móvil y email).
  • El código del Impuesto de Actividad Económica (IAE) y el de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
  • Un número de cuenta bancaria para domiciliar los pagos (IBAN).

Capitalizar el paro para hacerse autónomo

Para tener derecho al pago único del desempleo hay que cumplir los siguientes requisitos

  • Ser beneficiario de una prestación por desempleo de nivel contributivo, por cese definitivo de la relación laboral.
  • Tener pendiente de percibir al menos tres meses de prestación.
  • No haber obtenido el reconocimiento del pago único de una prestación por desempleo, en cualquiera de las modalidades posibles, en los cuatro años anteriores.
  • La actividad económica que se pretenda realizar debe estar enmarcada en alguno de los ámbitos siguientes:
    • Constituyendo una cooperativa o incorporándose a una ya constituida, como socio trabajador o de trabajo y de carácter estable no temporal.
    • Constituyendo una sociedad laboral o incorporándose a una ya constituida como socio trabajador o de trabajo y de carácter estable no temporal.
    • Desarrollando una actividad como profesional liberal o como trabajador autónomo en cualquier régimen de la Seguridad Social.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.
  • La solicitud del pago único debe de ser anterior al inicio de la actividad.

Pasos a seguir si cumples los requisitos:

Tendrás que rellenar un formulario/solicitud y presentarlo en el SEPE aportando los justificantes necesarios de la inversión inicial necesaria para desarrollar la actividad, que será el importe que el SEPE ingresará de lo que te corresponda de prestación por desempleo. Estos justificantes pueden ser facturas o presupuestos con tus datos fiscales.

En caso de necesitar sólo una parte, por ejemplo el 50 %, el resto se irá percibiendo mediante la compensación de las cuotas mensuales de autónomos efectivamente pagadas.

El 100 % de las cantidades percibidas al capitalizar el paro mediante el pago único del desempleo están exentas del IRPF.

Cómo hacerse autónomo en España siendo extranjero

Lo primero que deberíamos diferenciar es si la persona extranjera es de un país comunitario o no.

  • País comunitario (son los mismos que para los españoles, mas sencillo al tener acuerdos del Espacio Económico Europeo):
    • Tener más de 18 años (para ser mayor de edad en España).
    • Tener un NIE válido.
    • Presentar un pasaporte o identificador válido. Como se trata de la Unión Europea, con el documento de identidad de tu país es suficiente.
    • Obtener certificado digital y realizar los mismos trámites enumerados anteriormente.
  • País no comunitario (esta opción es mas compleja, ya que España no tiene acuerdos con todos los países del mundo):
    • Conseguir un permiso de trabajo por cuenta propia (se concede por 1 año, si van bien las cosas se puede prorrogar a 2 años).

Cuando ya has conseguido el permiso de trabajo:

  • No puedes tener antecedentes penales.
  • Tienes que estar de manera regular España. Esto es, necesitarás un permiso de residencia temporal y una tarjeta de identidad certificada (un carnet, vaya).
  • Tendrás que presentar un plan de negocios realista, con un plan de inversión previsto que lo sostenga.
  • Tener una formación y/o experiencia demostrable en el sector.
  • Obtener firma digital y realizar los mismos pasos expuesto para un alta de autónomo.

Consúltanos sin compromiso y te asesoramos de cómo hacerse autónomo de la forma más beneficiosa para ti.

Patricia Núñez Blasco