Cómo Reclamar la devolución del IRPF de las Prestaciones por Maternidad y Paternidad

Cómo Reclamar la devolución del IRPF de las Prestaciones por Maternidad y Paternidad

Después de que la sentencia que dictó el Tribunal Supremo el 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018), donde se declaró exentas del pago de IRPF a las prestaciones por paternidad y maternidad percibidas desde 2014, los padres y madres afectados pueden reclamar su devolución a Hacienda.

A partir de la fecha de la sentencia, Hacienda ha trabajado para diseñar el mecanismo para facilitar este trámite a los contribuyentes. Siendo el 3 de diciembre de 2018 cuando se dispuso el método oficial a través de su página web.

A continuación, te mostraremos cómo realizarlo y qué tienes que tener en cuenta para recuperar tu dinero con éxito.

Para ello, vamos a responder a las preguntas más frecuentes que nos realizan nuestros clientes cuando recibimos consultas como asesores fiscales.

¿Quién puede solicitar la devolución?

En la sentencia se declararon exentas de pago de IRPF todas las prestaciones percibidas por la baja de paternidad y maternidad desde 2014.

Dicho de otro modo, todas las parejas que hayan tenido un hijo desde 2014 y hayan percibido una prestación de la seguridad social en concepto de baja (tanto materna como paterna), pueden reclamar la devolución del IRPF cobrado indebidamente.

¿Cuándo se puede iniciar la reclamación?

Desde el día que se dictó la sentencia, todos los afectados pueden iniciar en Hacienda un procedimiento de devolución de ingresos indebidos.

Sin embargo, no ha sido hasta el 3 de diciembre que se ha habilitado un formulario en la página de hacienda para que los ciudadanos puedan realizar este trámite cómodamente.

Por motivos operativos, Hacienda ha dividido en dos etapas la reclamación a través de su formulario oficial. El que está publicado actualmente está indicado para los padres y madres que hayan percibido la prestación entre los años 2014 y 2015.

Para las prestaciones percibidas en el 2016 y 2017, el proceso para reclamar por la vía oficial se pondrá en marcha a partir de enero de 2019.

Para los contribuyentes que hayan sido padres en 2018, la devolución del IRPF de las prestaciones percibidas se realizará en su declaración de la renta del 2019.

¿Qué trámites seguir para reclamar tu dinero?

Para iniciar la reclamación deberás acudir a la web habilitada por Hacienda para tal efecto y seguir los pasos que te indican en su web.

Para realizar la reclamación, el primer paso será identificarte como contribuyente. Esto lo podrás realizar con tu Cl@avePIN, Certificado Electrónico o solicitar el número de referencia. Los dos primeros métodos los deberás solicitar en la Agencia Tributaria. Pero para facilitar el proceso y permitir hacerlo en el acto vía online se ha facilitado la identificación a través del número de referencia.

Los pasos para iniciar el proceso serán:

  1. Solicitar el número de referencia. Para ello necesitarás:
    • Número de DNI y su fecha de validez.
    • La casilla 450 de la declaración de la renta de 2016, o los últimos 5 dígitos de la cuenta bancaria en la que figures como titular en caso de no realizar la declaración en el 2016.
  2. Iniciar la solicitud telemática.

Alternativamente, se podrá utilizar el formulario en papel para su presentación en las oficinas de la agencia tributaria.

¿Cuándo te ingresarán la devolución?

En unos meses desde la presentación de la reclamación recibirás la cantidad indebidamente cobrada por Hacienda, sumado a los intereses de demora que correspondan.

¿Cuánto dinero puedes percibir?

Según los cálculos del Ministerio de Hacienda, cada madre recibirá alrededor de 1.600 €. Mientras que el padre percibirá unos 383 € de media. En total, supondrá para las arcas públicas un desembolso de unos 1.200 millones de euros.

Asesoría Iberanfico