El Consejo de Ministros del martes 17 de marzo aprobó un conjunto de medidas económicas y laborales para afrontar los efectos del coronavirus, que pasamos a relacionar de manera resumida a continuación:
- MONATORIA HIPOTECARIA: Aprobación de una moratoria en el pago de hipotecas que hayan reducido sus ingresos o estén en situación de desempleo por el coronavirus.
- PAGO DE SUMINISTROS: Moratoria en el pago de suministros básicos (agua, luz y gas) a colectivos vulnerables.
- BONO SOCIAL: Prórroga automática hasta septiembre del bono social a los hogares beneficiarios.
- ATENCION A PERSONAS MAYORES Y DEPENDIENTES: Creación de un fondo específico de contingencia para reforzar la atención a personas mayores, sintecho y en residencias de mayores y dependientes. Se destinarán unos 300 millones.
- FLEXIBILIZACION DEL GASTO DE LOS MUNICIPIOS: flexibilización de la regla de gasto para que los ayuntamientos puedan usar su superávit si lo invierten en partidas de atención social tales como la atención a la dependencia, servicios sociales y todo tipo de problemas de índole social asociados a la crisis del coronavirus. Se destinará 300 millones.
- AUTORIZACIÓN DE ERTE: Se agilizará el proceso de autorización de ERTE (expedientes de regulación temporal de empleo). Se considerarán realizados por fuerza mayor y gestionarán rápido.
- COBRO DEL PARO EN CASO DE ERTE: Garantía de prestación por desempleo en caso de ERTE. Todos los trabajadores afectados por estos procedimientos tendrán derechos a cobrar el paro, aunque no cumplan con el período de cotización mínimo exigido para ello. Además, no se considerará consumido el tiempo que dure la percepción de esta presión (contador a cero).
- PRORROGA DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO: Prórroga automática de las prestaciones por desempleo. Nadie perderá sus derechos por no poder acudir a las oficinas de empleo.
- IMPULSO AL TELETRABAJO: Facilitar el teletrabajo a través de una dotación a las empresas para la compra de ordenadores, al tiempo que permite a los trabajadores adaptar o reducir su jornada laboral para el cuidado de personas a su cargo, siendo posible una reducción del 100% de la jornada.
- AYUDA AL CUIDADO FAMILIAR: Derecho al cuidado familiar para todos los trabajadores sin que puedan ser sancionados o despedidos (reducción de jornada incluso hasta el 100% o reorganización por cuidado de familiar hasta segundo grado -nietos y abuelos-).
- DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS: Interrupción del computo del plazo para la devolución de productos de los consumidores.
Sobre lo que pasará con los Autónomos, todavía se espera respuesta. En cuanto haya medidas mas específicas para ellos, os informaremos.
*Fuente: AECE