Retenciones del IRPF en las facturas de los autónomos

Retenciones del IRPF en las facturas de los autónomos

Los autónomos dedicados a actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales, así como algunas actividades en módulos deben aplicar los siguientes porcentajes de retención en sus facturas:

Actividades profesionales: en 2022 se mantienen en el 15%. Las actividades profesionales son las que figuran en la sección segunda del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Nuevos autónomos en actividades profesionales: 7% en 2022, aplicable al año del inicio de la actividad y los dos siguientes.

Algunas actividades en estimación objetiva (módulos): 1%. Puedes consultar aquí el listado de actividades en módulos obligadas a practicar retención. Nota: Tras la Reforma Fiscal, las actividades que retienen un 1% están excluidas del Régimen de Módulos.

Actividades ganaderas de engorde de porcino y avicultura: 1%

Actividades agrícolas y restantes actividades ganaderas: 2%

Actividades forestales: 2%

Los autónomos dados de alta en actividades empresariales, que son aquellas incluidas en la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), no deben practicar retenciones en sus facturas.

En Iberanfico somos expertos en la fiscalidad de todo tipo de autónomos profesionales y empresariales, por lo que, si quieres darte de alta pero no sabes cómo funcionan las retenciones, pídenos cita, estaremos encantados de ayudarte.

Retenciones del IRPF en las facturas de los autónomos

Elena Fuertes Roca