CAMPAÑA DE RENTA 2021

CAMPAÑA DE RENTA 2021

Un año más, nos encontramos a las puertas de tener que hacer cuentas con la Agencia Tributaria, el 6 de abril dará comienzo la campaña de la declaración de la renta referida al ejercicio fiscal 2021, con disponibilidad en la web de la Agencia Tributaria tanto los datos fiscales como el borrador. Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2022, se realizarán las presentaciones (con resultado a ingresar con domiciliación) y finaliza para el resto de las declaraciones hasta el 27 de junio de 2022.

Puedes consultar las fechas clave de esta campaña de renta aquí.

Accede a nuestro formulario: https://forms.gle/PN3HrhqFxxvH3Tfb7

REQUISITOS PARA LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION DE RENTA

Puedes estar obligado o no a presentar la declaración de RENTA 2021; a continuación, detallaremos los umbrales dentro de los cuales no hay obligación a presentar declaración:

– Rendimientos íntegros del trabajo personal (con límite de 22.000 € anuales) si tienes un solo pagador o si son varios pagadores la suma del 2º y restantes es igual o inferior a 1.500 €.
– Rendimientos íntegros del trabajo personal (con límite de 14.000 € anuales) si tienes un solo pagador o si son varios pagadores la suma del 2º y restantes es igual o inferíos a 1.500 €, pensiones compensatorias, anualidades por alimentos, pagador no esté obligado a retener o rendimientos sujetos a tipo fijo. Aquí entrará como segundo pagador el SEPE por sus pagos de ERTE.
– Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención (limite 1.600 € anuales).
– Rentas inmobiliarias, rendimientos letras del tesoro, subvenciones VPO, ganancias patrimoniales por ayudas públicas (limite 1.000 € anuales).
– Ganancias patrimoniales y rendimientos íntegros (trabajo capital y actividades económicas) 1.000 €.
– Pérdidas patrimoniales (inferiores a 500 €).

Si en tu caso no te encontraste entre las citadas condiciones para la declaración de la renta del ejercicio 2020 y, por lo tanto no la realizaste, deberás aportar la siguiente documentación para poder sacar los datos fiscales para realizar tu declaración de renta:

– DNI con fecha de validez.
– NIE con número de soporte.
– PERMISO DE RESIDENCIA con número de soporte.
– TARJETA EXTRANJERIA con número de soporte.
– Numero cuenta bancaria del que seas titular (si no has presentado nunca la declaración de renta).

DOCUMENTACIÓN

La documentación mínima necesaria para poder confeccionar adecuadamente tu declaración de renta es la que detallamos a continuación:

– DNI/NIE/PERMISO RESIDENCIA.
– Declaración de renta de ejercicio anterior al vigente, en concreto el importe de la casilla 505.
– Número de cuenta bancaria del que seas titular.
– Referencia catastral vivienda.
o Vivienda propia – Recibo IBI de la vivienda, garaje, trastero.
o Hipoteca – Recibo Seguro vivienda y vida (si lo hay).

– Certificados:
o Rendimientos del trabajo (personal asalariado por cuenta ajena).
o Seguridad social (pensiones jubilación).
o Discapacidad.
o Familia numerosa.

– Rendimientos del capital mobiliario.
– Rendimientos del capital inmobiliario.

Si eres autónomo y realizas una actividad económica, además de toda la documentación ya reseñada tendrás que aportar la documentación de ingresos y gastos de tu actividad.

– Ganancias patrimoniales
o Venta de vivienda habitual.
o Venta de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios.

DEDUCCIONES GENERALES

En este Apartado vamos a enumerar las deducciones generales a nivel estatal, es decir, se aplican en todo el país.

– Deducción por inversión en Vivienda Habitual (Pagos de hipoteca + Seguro del hogar).
– Deducción por inversión en Empresas de nueva o reciente creación.
– Deducción por alquiler de vivienda habitual.
– Deducción por donativos y otras aportaciones.
– Deducción aplicable a unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados Miembros de la UE.
– Deducción por gastos de interés cultural y por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.
– Reserva para inversiones en Canarias.

DEDUCCIONES POR INCENTIVOS Y ESTÍMULOS A LA INVERSIÓN EMPREASARIAL

– Régimen general y regímenes especiales de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público.
– Por inversión de elementos nuevos de inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectas a actividades económicas.
– Inversiones en Canarias.
– Por importe total aplicado en la declaración de inversión empresarial.

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS

En este apartado detallaremos las deducciones autonómicas referentes a la comunidad autónoma a la que pertenecemos (en nuestro caso Aragón), si eres de otra comunidad pídenos información y estudiaremos tu caso de manera personalizada.

– Por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos.
– Por nacimiento o adopción de un hijo en atención al grado de discapacidad.
– Por adopción internacional de niños.
– Por cuidado de personas dependientes.
– Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico.
– Por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo.
– Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil.
– Por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
– Por adquisición o rehabilitación de vivienda en núcleos rurales o análogos.
– Por adquisición de libros de texto y material escolar.
– Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.
– Por arrendamiento de vivienda social.
– Para mayores de 70 años.
– Por inversión en entidades de la economía social.
– Por nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10 000 habitantes.
– Por gastos de guardería de hijos menores de 3 años.

Además, existen, entre otras novedades, las deducciones por mejoras en eficiencia energética, que os las explicamos en este enlace y, en caso de ser autónomo, este año podrás incluir como gasto deducible los pagos del seguro de salud.

Desde el comienzo de la pandemia, tenemos un formulario para poder realizar las declaraciones de la renta a distancia, ya que, no es posible recibir presencialmente a todos los clientes en nuestra oficina. En caso de tener que informarnos de cualquier otro dato adicional esencial para la tramitación de la renta, escríbenos un correo electrónico a info@anfico.es indicando Nombre y DNI.

Cualquier duda que te surja, contáctanos mediante formulario de contacto en nuestra Web o a través de cualquier medio de comunicación disponible. Estaremos encantados de ayudarte.

 

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Asesoría Iberanfico