En el artículo de hoy vamos a analizar las diferencias entre una sociedad civil y una comunidad de bienes. Diferenciando cuándo se debe constituir una u otra, así como sus diferencias principales para resolver todas tus dudas al respecto.
Diferencias entre sociedad civil y comunidad de bienes
#1 Constitución
La comunidad de bienes se genera automáticamente cuando una propiedad pertenece a varias personas y es indivisible. Por lo que los pertenecientes a la misma no tienen capacidad de decisión en su pertenencia o no, ya que es inherente al bien que poseen. Como sucede con las comunidades de vecinos.
Por otro lado, para constituir una sociedad civil se requiere la voluntad de unirse de las personas que la formen.
#2 Finalidad
En cuanto a su finalidad las diferencias son también significativas. En una sociedad civil se ponen en común bienes, trabajo o industria para desarrollar una actividad en beneficio de todos sus miembros.
En cambio, en una comunidad de bienes existe una propiedad común y el objetivo único será el de conversación y mantenimiento de la misma.
#3 Forma jurídica
Las sociedades civiles presentan personalidad jurídica propia. Es decir, que es sujeto de derechos y obligaciones frente a las administraciones públicas u otras personas físicas o jurídicas.
Excepto las sociedades civiles en las que los socios mantengan sus pactos en secreto y cada uno mantenga su independencia frente a terceros o cuando no hayan sido constituidas en escritura pública e inscritas en el registro mercantil.
En cambio, las comunidades de bienes no presentan personalidad jurídica. Lo cual implica que todos sus miembros responderán de manera solidaria e ilimitada de las deudas contraídas con sus bienes presentes y futuros.
#4 Régimen fiscal
En cuando al régimen fiscal no existen distinciones entre ambas. Realizándose mediante la imputación de rentas a sus miembros de forma proporcional a su participación en la sociedad.
#5 Extinción
Una sociedad civil se extinguirá en los siguientes supuestos:
- Pierde o termina la cosa o negocio objeto de la misma.
- Pérdida de facultades, insolvencia o embargo de los bienes de alguno de los socios.
- Por voluntad de los socios, con justificación y en los plazos que se hayan estipulado.
En cambio, la comunidad de bienes se disuelve o desaparece cuando se pierde el bien que ocasionó la misma.
Conclusiones
Como has podido comprobar, las diferencia entre una sociedad civil y una comunidad de bien son sustanciales en la mayoría de aspectos. Si después de haber leído este artículo sigues teniendo dudas, te recomiendo que acudas a una asesoría de empresas para resolverlas.