Nuevo sistema cotización autónomos

Nuevo sistema cotización autónomos

El próximo 01 de enero de 2023 entrará en vigor el nuevo sistema de cotización para autónomos. Este nuevo sistema consiste en un modelo progresivo de cuotas que se va a desplegar a lo largo de tres años.

Se establecen 15 de tramos de cotización en función de la previsión de ingresos que tenga cada autónomo. Esta previsión de ingresos se deberá a la Seguridad Social.

Los tramos de cotización según ingresos, en el nuevo sistema de cotización de autónomos serán los siguientes:

2023 2024 2025 
Base CotizaciónCuotaBase CotizaciónCuotaBase CotizaciónCuota
Hasta 670€751,63230,00735,26225,00718,95200,00
Entre 670 y 900€849,67260,00816,99250,00784,31220,00
Entre 900 y 1.166,70€898,69275,00872,55267,00849,67260,00
Entre 1.166,70 y 1.300€950,95291,00950,98291,00947,71290,00
Entre 1.300 y 1.500€960,78294,00960,78294,00690,78294,00
Entre 1.500 y 1.700€960,78294,00960,78294,00690,78294,00
Entre 1.700 y 1.850€1.013,07310,001.045,75320,001.143,79350,00
Entre 1.850 y 2.030€1.029,41315,001.062,09325,001.209,15370,00
Entre 2.030 y 2.330€1.045,75320,001.078,43330,001.274,51390,00
Entre 2.330 y 2.760€1.078,43330,001.111,11340,001.356,21415,00
Entre 2.760 y 3.190€1.143,79350,001.176,47360,001.437,91440,00
Entre 3.190 y 3.620€1.209,15370,001.241,83380,001.519,61465,00
Entre 3.620 y 4.050€1.274,51390,001.307,19400,001.601,31490,00
Entre 4.050 y 6.000€1.372,55420,001.454,25445,001.732,03530,00
6.000€ o más1.633,99500,001.732,03530,001.928,10590,00

Los tramos se podrán cambiar hasta 6 veces al año, cada dos meses, en función de la previsión de ingresos que tengan de sus negocios. Además a final de cada ejercicio se tendrá que regularizar las cotizaciones teniendo que devolver o reclamar las cuotas en caso de estar por debajo o por encima del tramo indicado por las previsiones.

Para calcular los rendimientos netos, el Gobierno lo ha delimitado de la siguiente manera:

“Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.”

Otros puntos clave y novedades sobre la cuota de autónomos:

Tarifa plana: Los primeros 12 meses pasará a ser de 80,00 euros mensuales, independientemente de los ingresos. Los siguientes 12 meses podrá seguir cotizando estos 80,00 euros mensuales, siempre y cuando sus rendimientos netos estén por debajo del salario mínimo. Después de estos períodos, se pasará automáticamente a cotizar por tramos en función de los ingresos. La tarifa plana actual es esta.

Cese de actividad: Se establece una prestación de 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Se podrá cobrar de 4 meses a 2 años sin necesidad de darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre. Para poder cobrar esta prestación será necesario tener una reducción de ingresos o ventas del 75%, siempre y cuando no se disponga de trabajadores. En caso de tenerlos, se deberá cumplir esta condición durante dos trimestres, obteniendo ingresos inferiores al salario mínimo y con una reducción de jornada o suspensión de contratos del 60% de la plantilla de la empresa.

Desgravación del plan de pensiones: los autónomos podrán desgravarse un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.

Mayores de 47 años: en 2023 dejará de existir el tope de cotizaciones.

En Iberanfico estamos disponibles, en nuestro horario de atención al público, para aclararte cualquier duda sobre este y cualquier otro tema de autónomos, así que pídenos cita y te atenderemos encantados.

Elena Fuertes Roca